22/5/14

Avanza la Policía Comunal

- Noticias del Conurbano Norte - mayo 22, 2014

-

.; Comentar

El proyecto, que ahora deberá ser tratado en el Senado, establece que la policía local será para los partidos de la provincia con más de 70.000 habitantes que adhieran a la norma, aunque también prevé que se incorporen los que tengan menos habitantes y justifiquen la necesidad de una policía propia, aunque requerirán de la autorización del Ejecutivo provincial.
En la sesión de Diputados, el proyecto fue apoyado por el Frente para la Victoria y Nuevo Encuentro, mientras que el Frente Renovador y Unión Celeste y Blanco votaron en general por la aprobación y objetaron algunos artículos, y la Izquierda, el FAP y el radicalismo se opusieron.
La iniciativa, establece que las policías locales tienen dependencia orgánica, funcional y operativa del Departamento Ejecutivo Municipal e integran el Sistema Provincial de Seguridad Pública.
La policía local tendrá autoridad para hacer uso de la fuerza pública mediante su intervención en la seguridad preventiva local, dentro del ámbito territorial del municipio, frente a la comisión de delitos y contravenciones provinciales o municipales en su territorio.
No podrán hacer investigación criminal ni mantenimiento del orden público, que abarca las intervenciones policiales tendientes a prevenir, conjurar y hacer cesar situaciones de desórdenes o faltas graves y contravenciones o delitos cometidos durante grandes manifestaciones, concentración de personas o movilizaciones colectivas.
El proyecto establece también que el Intendente Municipal ejerce la dirección superior y la administración general de la policía local en el ámbito jurisdiccional del municipio y que debe presentar un informe anual por escrito ante el Concejo Deliberante, en la apertura de sesiones ordinarias.
El Intendente ejercerá la dirección de la policía local a través de la designación de un Jefe de Policía, para lo que deberá realizar una audiencia pública no vinculante, mientras que su remoción puede realizarse a instancias del jefe municipal o del Concejo Deliberante con el voto de los dos tercios de sus miembros.
Los policías comunales usarán armas cuando lo requiera la situación a la que estén destinados, aunque sólo dispondrán del arma al comenzar la jornada laboral y deberán devolverla al terminar la misma.
Prevé también que cuando el personal policial no se encuentre prestando servicios y tome conocimiento sobre situaciones que requieran intervención policial, no está obligado a identificarse como tal ni a intervenir.
Para integrar el cuerpo de policía local deben vivir en el municipio, ser menores de 35 años y aprobar los requisitos de formación. No pueden ingresar quienes tengan antecedentes delictivos ni “quienes integren o hayan integrado otras Policías, Fuerzas de Seguridad o Fuerzas Armadas”.
La iniciativa contempla que la planta de personal policial y de apoyo de la Policía Local debe propender a integrar mujeres en una proporción no inferior al 50 por ciento, computada sobre la totalidad del personal permanente, temporario, transitorio y/o contratado.
Al proyecto original, se le introdujeron modificaciones en torno a la violencia de género, al establecer que la policía debe garantizar acciones tendientes a erradicar esa problemática  asegurando la conformación de unidades operacionales especiales integradas por personal policial femenino capacitado para intervenir en esos hechos.
El proyecto contempla además la creación de un Fondo específico para financiar a las policías locales y prevé que para el 2015 se creen unos 15.000 cargos.
Además prevé que cada Municipio que haya conformado Policía Local puede renunciar a la transferencia de las competencias, funciones y servicios policiales mediante ordenanza, dictada por el Departamento Deliberativo municipal, que derogue igual norma de adhesión a la presente ley.
fuente: Télam

Detalles para ser Policía Comunal
La diversidad de la problemática de seguridad y sus contextos sociales y culturales de orden local indican promover procesos de formación contextuados a las mismas. Por ello el presente diseño posee un tronco común con el resto de las tecnicaturas superiores en seguridad publica, constituyendo la orientación comunal en el desarrollo de los contenidos específicos sustentados en la intervención en seguridad publica propia de de la Policia Comunal.
El titulo que se otorgará es de Técnico Superior en Seguridad Pública con Orientación Comunal.

El marco normativo que sustenta el presente diseño curricular se encuadra en la estructura del Sistema de Seguridad comprendida en las Leyes 12.155 y 13.210 de la Provincia de Buenos Aires. En este sentido, la estrategia de descentralización se expresa de diferentes maneras: en primer lugar, a través de su Ley No 13.210 (ART. 7) que establece las atribuciones de los intendentes en el diseño de políticas preventivas y las acciones estratégicas de la policía comunal; en segundo lugar, la formación de esta nueva policía se concretará en las diferentes regiones de la Provincia. de Buenos Aires respetando la procedencia territorial de los aspirantes que se seleccionen para incorporarse a esta policía comunal.
Su misión es prevenir la comisión de delitos, conjurar e investigar las actividades propias del ámbito rural, preservar las libertades, el orden y la paz públicos, con estricto apego a las leyes y a los derechos humanos.
El desempeño en el primer grado de la carrera profesional correspondiente al oficial de policía requiere el ejercicio de competencias para el cumplimiento de las funciones específicas. Estas competencias se adquirirán durante el proceso de formación inicial. Tal como se ha planteado para las formaciones de otras policías se elabora un diseño curricular flexible que permite realizar progresivos ajustes durante su desarrollo en el marco de un proceso de reforma global en la formación de profesionales en materia de seguridad.
Para garantizar la calidad en la formación, quienes ingresen a este sistema deberán cumplimentar la totalidad de los niveles hasta la acreditación de las competencias establecidas.
Se contemplan dos Áreas de Formación, el área de la Formación Básica, con un claro componente teórico instrumental y un área de formación especifica con centralidad en la formación en las prácticas profesionales, articuladas entre sí e integradas en diferentes instancias durante el proceso de formación.
En el segundo Nivel se contempla un esquema de formación en servicio integrada por dos instancias: por una parte las tareas en terreno como práctica profesional, que los alumnos desarrollan con una carga diaria de 8 horas, y por otra la formación académica para la cual disponen de 4 horas diarias a desarrollarse en los espacios dispuestos para ello.
En esta etapa de la formación los alumnos inician una práctica laboral compleja encontrándose cotidianamente con nuevas situaciones que plantean problemas a resolver y confrontan los marcos conceptuales abordados en el primer nivel.

Modalidad de Estudio

El Nivel I es de carácter presencial, con una duración de seis meses, acorde con el Diseño Curricular de la carrera de Técnico Superior en Seguridad bajo régimen de internado lo cual permite una mayor intensidad en términos de cantidad de horas de formación.
El Nivel II, se desarrolla bajo un formato de alternancia con pasantías en comisarías, profundizando el área de práctica profesional. Para el área teórico instrumental se establecen modalidades semipresenciales de formación considerando grados crecientes de autonomía de los aspirantes a policía.





Nivel I
Espacio de formación básica
 608 hs.
  Derechos humanos y función policial
64 hs
  Derecho penal y derecho procesal penal
96 hs
  Régimen legal de la profesión policial
64 hs
  Cultura y Sociedad
96 hs
  Derecho constitucional
  64 hs
  Teoría, método y práctica de la Observación
32 hs
  Educación Física para la función policial I
 128 hs
  Seguridad Pública I
64 hs
Espacio de la formación específica
576 hs
  Tiro I
128 hs
  Defensa Policial I
128 hs
  Criminalística
32 hs
  Manejo y mantenimiento de móviles policiales I
64 hs
  Bioseguridad y Primeros Auxilios
32 hs
  Abigeato y delito rural
32 hs
  Investigación del delito
32 hs
  Operaciones Policiales I
128 hs
Espacio de Definción Institucional
128 hs
Práctica instrumental y experiencia laboral

Formación ética y mundo contemporáneo

Total de Horas primer Nivel
1.312 hs

Nivel II
Espacio de formación básica
 320 hs.
  Informática y tecnología
64 hs
  Comunicación
64 hs
  Mediación y Negociación
64 hs
  Seguridad Pública II
96 hs
  Educación Física para la Función Policial II
  64 hs
Espacio de la formación específica
384 hs
  Tiro II
96 hs
  Defensa Policial II
96 hs
  Operaciones Policiales II
128 hs
  Mantenimiento y manejo de móviles policiales II
64 hs
Espacio de definición Institucional
160 hs
Práctica instrumental y experiencia laboral

Formación ética y mundo contemporáneo

Total de Horas segundo Nivel
864 hs
Total de Horas de la carrera
2.176hs
  
Los Requisitos para el ingreso, son:
 
-Ser Argentino nativo, naturalizado o por opción
-Tener entre 18 y 35 años de edad.
-Poseer condiciones intachables de moralidad y buenas costumbres.
-Contar con el ciclo secundario completo, sin adeudar materias
-Responder a las aptitudes psicofísicas que requiera el Ministerio de Justicia y Seguridad.

La documentación que se debe presentar para inscribirse:
• Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (1ra. y 2da. Hoja y cambio de Domicilio si lo hubiere).
• Fotocopia del Certificado de Nacimiento.
• Fotocopia del Certificado de Estudios Secundarios Completos (Preferentemente Certificado Analítico).
• Fotografía 4 x 4 color, de frente, fondo blanco (recientes).

En Caso de ingresar, se debe presentar la siguiente documentació:
• Tres juegos de fotocopias del Documento Nacional de Identidad (1ra. y 2da. Hoja y cambio de Domicilio si lo hubiere).
• Dos Fotocopias certificadas del Certificado de Nacimiento.
• Original y (2) fotocopias de certificado analítico o título de estudios secundarios (autenticada por autoridad judicial o administrativa competente), o en su defecto constancia original del trámite de los mismos.
• Dos (2) fotografías 4 x 4 color, de frente, fondo blanco (recientes).
• Información sumaria tramitada por Comisaría jurisdiccional (donde conste domicilio del postulante) (Art. 3 del Dec.1050/09, Ley Nº 13.982).
• Un juego de fichas dactiloscópicas, tarjeta nominal y anexo prontuarial, a los efectos de solicitar Certificado de Antecedentes. Al solicitar el certificado de Antecedentes se debe abonar una taza por servicios administrativos de $21,64 pesos (la expedición de este certificado demora 10 días hábiles).
• Constancia de CUIL.
• Certificado de Reincidencia (Será solicitado al momento de rendir el examen de ingreso).
 

Además, completar la solicitud de ingreso que se puede retirar en la Jefatura Departamental o Comisaría más cercana, y entregarla en la Jefatura Departamental o Comisaría más cercana al domicilio o en el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, sito en la calle 2 entre 51 y 53 de la ciudad de La Plata Subsecretaría de Planificación, Oficina de Coordinación de Control y Seguimiento de Ingreso.

Para mayor información, comunicarse por teléfono o personalmente al 0800-222-6237, 0221- 429-3119, interno 73845, 0221-4293000 interno 73845.
Para mas consultas envíar un mail a: consultasingreso@mjys.gba.gov.ar  ó acercarse a la Departamental mas cercana.




Acerca de Noticias del Conurbano Norte

Noticias del Conurbano Norte - Actualidad de la Zona Norte/Oeste del Gran Buenos Aires

Copyright © Noticias del Conurbano Norte™ Todos los Derechos Reservados.

Idea: Templateism. Hosted on Blogger Platform.